jueves, 3 de abril de 2008

JUBILADOS AL CONGRESO

NOTA ENVIADA A LOS MEDIOS DE TODO EL PAIS Y DEL EXTERIOR DE HABLA HISPANA



SOLICITAMOS A UDES., LA PUBLICACION , DIFUSION Y/O COMENTARIO SOBRE ESTA NOTA, COMO ASI TAMBIEN EL APOYO DE AQUELLOS MEDIOS QUE PUEDAN HACER ACTO DE PRESENCIA A ESTA CONVOCATORIA, PARA HACER CONOCER AL PUEBLO ARGENTINO LA NECESIDAD IMPERIOSA DE LOS JUBILADOS DE TODO EL PAIS, ANTE EL GENOCIDIO DEL ESTADO POR PARTE DE NUESTROS LEGISLADORES, NO CUMPLIENDO CON EL MANDATO DE LA CORTE SUPREMA NI DEL ART. 14 BIS DE NUESTRA CONSTITUCION NACIONAL..







ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO CON PERSONERIA JURIDICA

Nº 941/2006

Convocatoria de AAJA

RESISTENCIA CIVIL PACIFICA

“ SENTADA NACIONAL- JORNADA DE DUELO”







AL CONGRESO NACIONAL



DIA JUEVES 10 DE ABRIL

A LAS 17,00 HORAS

RIVADAVIA Y CALLAO

INVITAN

“MOVIMIENTO DIGNIDADY VIDA”

“MAYORES OLVIDADOS”

“MESA COORDINADORA DE JUBILADOS”

“ASOCIACION 50 A 60”

Y DEMAS ORGANIZACIONES Y “CENTROS DE JUBILADOS”



NUESTRA PROPOSICION ES REALIZAR A NIVEL NACIONAL JUNTO A TODAS LAS CIUDADES DEL INTERIOR DEL PAIS, UNA SENTADA EN LAS ARTERIAS DE MAYOR TRANSITO Y EN LA CALLE DE LOS CENTROS DE JUBILADOS, DURANTE 2 HORAS CON GLOBOS NEGROS COMO JORNADA DE DUELO POR TODOS AQUELLOS JUBILADOS QUE HAN MUERTO SIN VER LOGRADO SUS OBJETIVOS.





La Asociación Argentina de Jubilados Aportantes, Asociación Civil sin fines de lucro con Personería Jurídica 941/2006, invita a la ciudadanía en general y a los jubilados, pensionados y retirados del País a unirse a la Convocatoria del día JUEVES 10 DE ABRIL a las 17,00 horas frente al Palacio del Congreso de la Nación en forma ordenada y pacífica, acompañando a nuestros jubilados de las diferentes agrupaciones como Movimiento Dignidad y Vida, Asociación Mayores Olvidados, Asociación 50 a 60, Mesa Coordinadora de Jubilados y demás organizaciones y diferentes centros de Jubilados de todo el País, que con inmenso sacrificio, concurrirán a exigirle a los poderes ejecutivo y legislativo el inmediato tratamiento de la movilidad en fiel cumplimiento del Art. 14 bis de la Constitución Nacional , que garantiza jubilaciones y pensiones móviles y la aplicación del 82% móvil, para todos sin discriminación de sectores. La pronta sanción de una Ley, como lo ha exhortado la Corte Suprema en dos oportunidades que determine un mecanismo permanente y objetivo, de ajustes de los beneficios previsionales, sin necesidad de reclamos judiciales.

El respeto a la dignidad personal y los derechos humanos de los adultos mayores que han aportado durante años y reciben jubilaciones irrisorias

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