viernes, 13 de diciembre de 2019

NO MUERDEN

NO MUERDEN Señor director: Llama poderosamente la atención que el flamante ministro de Salud, Ginés González García, con causas dormidas en la Justicia por tráfico de medicamentos, haya revocado la decisión del ex presidente Mauricio Macri que anuló la aplicación del protocolo para los casos de aborto no punible, a la luz de que la legalización del aborto que fue abortada el 8.8.18, con el voto mayoritario de los senadores nacionales, y que lo haga es que con seguridad cuenta con la venia del presidente Alberto Fernández, argumentando que "el protocolo tiene como objetivo actualizar la guía de prácticas anterior teniendo en cuenta los cambios que existieron en la legislación del nuevo Código Civil de 2015, y la evolución del conocimiento que hace que se modifiquen cuestiones científicas (sic; pamplinas), siguiendo cánones internacionales como los de la Organización Mundial de la Salud". Amén, de que se trata de un crimen tipificado en el Código Penal, el juramento hipocrático -que hicieron- los médicos de salvar vidas, y no de asesinar, en el seno materno, a seres inocentes e indefensos, que son importantes, irrepetibles e intangibles. Como también, los hijos no pueden ni son responsables por los delitos o crímenes que cometan sus progenitores -me refiero a los casos de violación-, desde tiempos pretéritos e inmemoriales Y, por otro lado, es fundamental tener presente que por la Constitución Nacional, artículo 75, incisos 22 y 23, el protocolo de marras es ilegal e inconstitucional. A saber: Inciso 22: "Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes... La Convención sobre los Derechos del Niño: en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella conocidos. Inciso 23: Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad. "Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental, y de las madres durante el embarazo y el tiempo de lactancia". El cardenal Joseph Ratzinger (actual Papa emérito Benedicto XVI, expresó: No hay homicidios pequeños, porque toda vida humana, desde el momento de la concepción, es sagrada" (*). Y, fundamentalmente, el aborto es un crimen que viola el Quinto Mandamiento de "NO MATAR". Que el ministro González García, y su par de la cartera de Mujeres, Géneros y Diversidad (SON DOS), Elizabeth Gómez Alcorta, tomen debida nota de los preceptos constitucionales expuestos, que no muerden. (*) "La fuerza contra el derecho" (ponencia presentada en el Congreso sobre "El derecho a la vida y Europa", en ASD Prensa, año IV, edición nº 85, 22/8/88). Con cordiales saludos, Alfredo Nobre Leite

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