domingo, 19 de mayo de 2013

NO SE PUEDE

NO SE PUEDE Por Malú Kikuchi (19/5/2013) Así de simple: no se puede. Cristina no puede ser candidata a presidente en 2015. Artículo 90 de la Constitución Nacional: “El presidente y vicepresidente duran en sus funciones el término de 4 años y podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo”. ¿Está claro? No es tan difícil de comprender, Cristina fue elegida en 2007 y reelecta en 2011. Su segundo mandato termina el 10/12/2015, y se acabó. No puede ser re reelecta, la CN no lo permite. Debe dejar pasar un período de 4 años y recién entonces volver a presentarse. ¿Qué es lo que no entienden? La Constitución no está escrita en arameo, ni en sánscrito, está escrita en castellano, casi se diría que en argentino básico para que todos la entiendan. Por supuesto que para entenderla primero hay que leerla. Debería existir una ley que obligara a diputados y senadores nacionales y provinciales a saber de memoria la Constitución Nacional y las de sus provincias correspondientes. ¿O será mucho pedirles este estudio a los representantes del pueblo y de las provincias? Hasta ahora, se diría que sí, que el esfuerzo es demasiado. Ya están enterados, los que no lo sabían y los que sabiéndolo no le daban importancia. No se puede. Cristina no puede ser candidata otra vez en 2015. Diana Conti ¿escuchó? No puede. “El sueño (pesadilla para más del 62% de los ciudadanos, según Managemente&Fit) de Cristina eterna”, no puede ser. En Santa Cruz, la provincia de Néstor y “el lugar en el mundo” de Cristina, Kirchner asumió como gobernador la 1° vez en 1991 y antes había sido 4 años intendente de Río Gallegos (1987/91). La Constitución de Santa Cruz (1957) no permitía la reelección. Kirchner en 1994 se las arregló para modificarla y permitirse un período más de gobierno. Reasumió en 1995 y en 1998 volvió a reformarla, esta vez con reelección indefinida. Al ser presidente de la nación, no le hizo falta deformar nada ya que habían descubierto con Cristina, que si alternaban las presidencias, ninguno de los dos iba a ser nunca un *”pato rengo”. Pero Néstor murió. Adiós al genial invento del matrimonio presidencial por los siglos de los siglos, amén. ¿Y ahora? Y ahora, nada, no puede ser reelegida y punto. Aunque los beneficiarios de los bolsos con euros que se pesan, del dinero de las bóvedas, de la empresas truchas off-shore, de las coimas y los sobreprecios se desesperen, porque si se acaba Cristina, se les acaba la libertad. Alguna vez los corruptos deben ir a la cárcel en Argentina. Hay que esperar el 2016. La extraordinaria Constitución de 1853, muy sabiamente establecía en el artículo 77 que:” el presidente y el vicepresidente duran en sus EMPLEOS el término de 6 años y no pueden ser reelegidos sino con un período alterno”. Eso le sucedió a Julio Argentino Roca, presidente desde 1880/1886 y desde 1898/1904. Le siguió Hipólito Yrigoyen, presidente desde 1916/1922 y reelecto en 1928, derrocado por un golpe militar el 6/9/1930. Esta sabia Constitución Nacional de 1853, entendía que 6 años era tiempo suficiente para que un presidente hiciera todo lo que debía hacer sin pensar en los costos políticos. Y los siguientes 6 años le daban tiempo al pueblo para calibrar si el gobierno anterior había sido bueno y podía reelegirlo. La CN 1853 fue reformada en 1860 cuando Buenos Aires se unió a la Confederación y Argentina se unificó. Volvió a ser reformada en 1866 para nacionalizar las aduanas. Y en 1898, al haber crecido tanto el país en todo sentido, se la reformó permitiendo más ministerios y más diputados, debido al aumento de la población. Siguió sin cambios hasta la reforma de 1949 que permitió, por 1° vez la reelección continua, en tiempos de Perón y se le agregaron derechos sociales. En 1957, el gobierno de la revolución libertadora volvió a la CN de 1853, agregándole el artículo 14 bis, con los derechos sociales de 1949. Así siguió, cumpliéndola sólo muy de vez en cuando, hasta la reforma de 1994, que permitió la reelección de Menem, reduciendo el período presidencial a 4 años + otros 4, la creación de la jefatura de gabinete, de CABA, del ministerio público y la elección directa, borrando el colegio electoral, dejando a las provincias chicas sin peso. Hoy la Matanza equivale a 5 provincias chicas. Algunos de los constituyentes que votaron esta CN que nos rige hoy, fueron Néstor Kirchner, Cristina Fernández de Kirchner, Raúl Eugenio Zafaroni, Gildo Insfrán y algún otro desmemoriado que anda queriendo cambiar lo que no se debe cambiar. Y es una CN tan joven, aún no cumplió 20 años. Está sin uso, todavía tiene artículos sin reglamentar. El constituyente que escribió de su puño y letra la CN de 1853, fue el convencional por Córdoba, Juan del Campillo, que al entregársela a Urquiza, entonces presidente de la Confederación, le dijo: “se la hemos dado cual nos ha dictado nuestra conciencia”. Y en esos tiempos, los constituyentes tenían conciencia y pensaban en el país. Da capo, como en música. La CN NO PERMITE un 3° período presidencial continuado. Que los eternos chupamedias de la presidente dejen de instigar algo que no puede, ni debe ser. Las leyes se han hecho para ser cumplidas y no deben adaptarse a las necesidades del gobernante de turno. Si temen que un próximo gobierno que no sea FPV, restaure la justicia devolviéndosela al poder judicial, y ellos sean juzgados por lo que deban ser juzgados, ¡qué pena!, no hubieran desperdiciado una década asombrosa de crecimiento para el país y no se hubieran embolsada los US$, los euros + el crecimiento, en beneficio de unos pocos y en detrimento del resto. Del 2016 esperemos:“ JUICIO, CASTIGO Y DEVOLUCIÓN. * “Pato rengo” o “lame duck”, significa en la jerga política de los EEUU, a los gobiernos que a 2 años de finalizar su mandato, comienzan a sufrir una fuerte pérdida de poder ante la imposibilidad constitucional de ser reelegidos.

No hay comentarios: