sábado, 20 de agosto de 2016
PANORAMA- LA CORTE
Panorama política nacional de los últimos siete días
El fallo de la Corte y
la herencia recibida
El fallo de la Corte Suprema sobre la tarifa del gas (con irradiación sobre el espacio general de las tarifas públicas) ha sido leído como una derrota para el gobierno de Mauricio Macri.
Una decepción no es caída
Conviene no exagerar, aunque debe admitirse que desde el propio campo oficialista se dio pábulo a esa interpretación. Primero, a través del desconcierto y la decepción que dejaron trascender algunos ámbitos del propio gobierno que (como el mismo Presidente) habían sido deficientemente informados sobre la decisión de los jueces; también por el mensaje celebratorio de Elisa Carrió (“Empezó a funcionar la República, el fallo es correcto, la Constitución y la ley deben ser respetadas..”), en el que evidentemente polemizaba con el Ejecutivo, circunstancialmente pegada a Ricardo Lorenzetti, a quien suele martirizar con sus cuestionamientos.
En fin, también contribuyeron a esa atmósfera agorera ejercicios de autocrítica ajena como el que ensayó el ministro de Justicia, Germán Garavano, quien, tras admitir que aumentar las tarifas sin llamar a audiencias públicas había constituido “un error”, puntualizó que la decisión “nació de las entrañas del Ministerio de Energía”.
La realidad es que la Corte le impuso al Estado una obligación a la que, en parte, el gobierno venía condescendiendo: el cambio del marco tarifario debe someterse a una audiencia pública.
La culpa no es de Aranguren
El poder había eludido este paso, ofreciendo de ese modo un flanco legal por el que colaron los recursos judiciales que paralizaron el aumento. La decisión de avanzar sin las audiencias se adoptó más arriba del ministerio de Energía, en el ámbito de la jefatura de gabinete, y Macri la avaló, dando por supuesto que la jugada atravesaría indemne el examen de la Justicia. “Hay que tener un buen secretario de Legal y Técnica. Hay que asesorar a un gobierno con lo que puede pasar”, había advertido proféticamente Carrió dos semanas antes.
En cualquier caso, aunque llegó al momento de la definición de la Corte resignado a postergar el aumento hasta atravesar la audiencia (primero prevista para octubre y ahora anticipada a septiembre), el gobierno tenía otro foco de atención. Pretendía que la audiencia sólo fuera obligatoria para dos tramos componentes de la tarifa (transporte y distribución), pero no para el referido al precio en boca de pozo (que incide en más de un 50 por ciento del costo final); de ese modo aspiraba a que quedara confirmada al menos esa proporción del incremento ya aplicado.
Para esa pretensión el gobierno esgrimía un argumento jurídico y otro político. En el primer rubro, sostenía que la audiencia tenía el sentido de compensar el hecho de que en los tramos de transporte y distribución los usuarios enfrentan una situación de “monopolio natural”: tienen un proveedor obligado, el que atienden a su zona de residencia, y no pueden cambiarlo por otro. En cambio, proseguía el argumento, el precio en boca de pozo responde a las reglas del mercado.
Presión sobre la Corte
En cuanto al punto político: el gobierno presionó con el razonamiento de que en un sector como el energético, donde el país cuenta con recursos enterrados pero necesita fuertes inversiones para pasar de la potencia al acto, esa inversión sería ahuyentada si en cambio de la lógica del mercado debía someterse a la menos previsible de la política, implícita en el régimen de las audiencias.
Las usinas oficiales difundieron esta tesis y tuvieron éxito en que muchos célebres comunicadores se hicieran eco de ella, descargando sobre el alto tribunal la responsabilidad de no espantar inversores.
La Corte eludió esa embestida con una verónica: al tiempo que restringió el principio de la obligatoriedad de las audiencias a los tramos de proveedor único (transporte y distribución), tomando el mismo argumento del gobierno sobre el tramo de la generación,, lo devolvió al punto de partida. Señaló que en este caso particular también sería obligatoria la audiencia para la generación ya que ésta no está actualmente sometido a la lógica de mercado, sino que está determinado por la intervención estatal.
En efecto, una de las primeras decisiones del actual gobierno fue mantener el subsidio a las empresas petroleras, fijando precios que les garantizan valores muy por encima de los de mercado al barril de petróleo; en cuanto al gas natural, éste llega a triplicar el precio por millón de BTU (unidad de energía, equivalente a 257 calorías) de Estados Unidos.
Ese sobreprecio supone una transferencia de los usuarios a las empresas de más de 5.000 millones de dólares. El sobreprecio intervenido incide sustancialmente en el cálculo final de las tarifas. Ese “precio sostén” fue establecido en tiempos en que Energía dependía del kirchnerista Julio De Vido, pero fue confirmada por el ministro de Energía de este gobierno, Juan José Aranguren.
La verónica del Tribunal
La Corte puso la situación blanco sobre negro: “El precio del gas pasó de un contexto de libre negociación de las partes a uno de intervención estatal (…) Específicamente a partir del Decreto 181/2004, el Poder Ejecutivo intervino en su fijación, dejando de lado al mercado”.
En consecuencia –señala el Alto Tribunal- hasta el momento en que efectivamente el precio de generación del gas se determine por el juego libre de la oferta y la demanda, “es razonable que su análisis se efectúe conjuntamente con la revisión de tarifas para la cual es necesaria, como ya se dijo, la celebración de una audiencia pública”.
La Corte se encarga de señalar que, tan pronto funcione libremente el mercado (y esto depende de una decisión gubernamental, del cese de la intervención y el “precio sostén”) ese tramo de la tarifa deja de requerir audiencia pública.
La Corte, ya con cuatro integrantes (la semana próxima jura el quinto), atendió así al argumento de fondo (no perturbar a los inversores), pero le devolvió la pelota al gobierno: son ustedes, con su intervención los que obligan a que haya audiencia pública sobre todos los componentes de la tarifa.
Para sacar la generación de ese destino, el gobierno tendrá que discutir con las empresas. Y también con aquellas provincias petroleras (y hasta con los gremios) que son socios menores, aunque influyentes, del precio intervenido.
Es un costo político. Pero no hay poder sin costo.
Una de cal y una de arena
La Corte actuó con rigor jurídico y con equilibrio político. Falló para hacer cumplir la ley y la Constitución, exigió el cumplimiento de las audiencias públicas, pero también limitó los perjuicios (80.000 millones de pesos) que el oficialismo –apelando a las presiones alarmistas- vaticinaba para las arcas fiscales si el dictamen del Tribunal no satisfacía sus expectativas.
La Corte circunscribió el parate de los aumentos de tarifa a los servicios domiciliarios, dejando en pie los que afectan a las empresas (que constituyen el grueso del consumo). El gobierno recalculó el perjuicio fiscal: en el peor de los casos llegaría a los 20.000 millones de pesos, una cifra “asimilable” deslizaron en el Palacio de Hacienda.
La unilateralidad es gerencia recibida
El marco jurídico es un paso imprescindible para encarar soluciones a la vital ecuación energética. Pero no es, todavía, la solución. Reconstruir un campo que fue destruido por la desastrosa gestión de la década kirchnerista implica convocar a la inversión y ofrecerle un horizonte de certidumbre de mediano y largo plazo. Esto necesariamente reclama políticas de estado, compromisos en los que intervengan las principales fuerzas políticas y los sectores involucrados: usuarios y consumidores, empresas, técnicos, trabajadores.
El gobierno, urgido por la emergencia, cayó en la tentación de la unilateralidad, un vicio que, si bien se mira, también forma parte de la herencia recibida.
Jorge Raventos
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