domingo, 3 de enero de 2010
MALVERSACIÓN
NotiAR - 03-Ene-10 - Editorial
http://www.notiar.com.ar/contenido/editorial/edi_283.htm
Malversación de caudales públicos
por Humberto Bonanata
Art. 261 del Código Penal: Será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años e inhabilitación absoluta y perpetua el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo.
Será reprimido con la misma pena el funcionario que empleara un provecho propio o de un tercero, trabajos o servicios pagados por una administración pública.
Cualquier estudiante de derecho que haya aprobado la materia Derecho Penal IIª parte si fuera preguntado en un trabajo práctico qué conducta abarcaría la disposición indiscriminada de fondos públicos por propia decisión y sin consultar al Congreso de la Nación para disponer de U$S 6.569 millones de las reservas de líquida disponibilidad y así hacer frente a compromisos aún no exigibles y negociables financieramente a través del Fondo Monetario Internacional calificaría la conducta penal de Cristina Fernández (secretaria de Kirchner), Amado Boudou y Martí Pérez Redrado como in cursa en el tipo legal detallado precedentemente.
Tan impropia será la decisión de la presidente consorte de autorizar dicha malversación que podría ocasionarle un juicio político apoyado por la totalidad de la oposición y por algunos kirchneristas que seguirán huyendo del Titanic, que marzo sería un mes decisivo en esta acometida parlamentaria.
Debe recapacitar esta pobre mujer (no mujer pobre) que dentro de los desatinos que ha tenido su desgobierno de 19 meses, éste podría conducirla directamente, paso previo de una justicia independiente, a la cárcel.
Que la tentativa de contrabando de dinero encarada por Antonini Wilson sólo acumularía hechos gravísimos para la condena final. Que no haría tiempo a llegar el "avión rojo" de Chávez para otorgarles un salvoconducto a la probable asociación ilícita (conducida por su marido) y que el avión y los subsidios de Jaime o los supuestos sobreprecios de De Vido sólo serían la "frutillita de postre" que marcarán el final del régimen de Benito y Claretta.
Tan incorrecta resulta la decisión de la "Reina de Tolosa" que ni el desatino de su esposo en 2005 al cancelar la deuda del 4% anual con el F.M.I. con dinero prestado por Chávez al 12% anual que en ese momento del decreto Presidencial establecía que "se autorizaba a utilizar las reservas de libre disponibilidad con organismos financieros internacionales, siempre que dichas operaciones resulten de efecto monetario neutro".
Mientras que ahora se pretende malversar reservas públicas con un alcance ilimitado ya que esas reservas líquidas podrán aplicarse al pago de obligaciones contraídas con organismos de crédito internacionales y al pago de servicios de la deuda pública del Estado Nacional, sin mencionar ninguna condición restrictiva sobre sus neutros efectos monetarios.
El abanico de las deudas a cumplir con nuestras reservas abarca desde toda la interna, como sentencias ganadas por jubilados y tenedores de bonos, hasta toda la externa que "la Reina de Tolosa" desee oblar.
Claro que una "republiqueta bananera sin bananas" con el menor índice de credibilidad desde la derrota en Malvinas y con U$S 131.000 millones navegando fuera del circuito oficial de la economía puede permitirse estos dislates y muy pocos más hasta que todos digamos basta!
¿Recuerdan al personaje del inolvidable Alberto Olmedo "Yeneral González", Gobernador de Costa Pobre?
Bueno, Cristina parece su mujer.
Agua y no ajo.
Aguantarse y a no joderse.
Están todos avisados.
Feliz comienzo de 2010: Año del Bicentenario y Año Parlamentario.
Gracias a Dios.
Humberto Bonanata
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario