martes, 21 de abril de 2009

EXPULSADOS




Ejemplos y caminos como el del Defensor del Pueblo de la Nación Eduardo Mondino y Gabriela Michetti Vice jefa de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Felipe Sola como Diputado Nacional, que renunciaron a sus respectivos cargos que ocupaban en la actualidad para ser candidatos a Diputados Nacionales en las próximas elecciones del 28 de junio, deben de seguir todos los que hoy ocupan cargos electivos como ser Intendentes, legisladores y Gobernadores de distintas localidades o de provincias que pretenden ser candidatos “ testimoniales” , todos los candidatos deben de actuar de igual a igual contra otros demostrando que son verdaderos ciudadanos democráticos, dignos, honestos, respetuosos de las instituciones, ante la Constitución Nacional en los artículos 23º y 73º, y también ante la ciudadanía electoral.

Actuar de esta manera en los cumplimientos enunciados los electores libremente podemos emitir el voto en elecciones a los partidos y a las personas que se candidatean y de esta forma no dañan a la democracia.-

Los distintos partidos políticos de la República Argentina reconocidos en consenso deben de elaborar un proyecto de ley de reforma electoral nacional para que a partir de las elecciones del año 2011 se prohíban terminantemente las candidaturas llamadas hoy “testimoniales” donde todo ciudadano electo por el voto universal del elector en democracia tiene la obligación de asumir a sus cargos que sean elegidos y a sus bancas, no permitiéndoles a solicitar licencias algunas para ocupar una función pública y en el caso de de no cumplir con esta medida deben de ser expulsados de por vida para ser candidatos, incluirse también que las bancas en cada caso ( intendentes, gobernadores, concejales, Diputados y Senadores Nacionales entre otras) pertenecen a los partidos políticos y no son personales, también debería en esta ley indicarse la obligación del Poder Ejecutivo Nacional elaborar una tarjeta magnética personal para votar electrónicamente y todas las elecciones deben de ser como lo emana el Pacto de Puerto Rico en el artículo 23º de la Constitución Nacional.

HUMBERTO CARMELO SPUCHES

humbertocarmelospuc hes@hotmail. com

No hay comentarios: