La viuda de Viola arremetió contra el fiscal Brito
Apelan un dictamen del magistrado.
"No es acertado ni legal desechar una denuncia sin producir ninguna medida de investigación", criticó María Cristina Picón.
María Cristina Picón no se resigna a que los asesinatos de su esposo, el capitán Humberto Viola, y de su pequeña hija María Cristina Viola, de apenas cinco años, no sean considerados crimenes de lesa humanidad por la Justicia Federal. En ese afán, interpuso ahora un recurso de reposición y de apelación en subsidio en contra del dictamen del fiscal federal Carlos Brito, quien rechazó los planteos efectuados por la mujer.
Si bien en su dictamen, que no es vinculante, niega pedidos de Picón, el fiscal remarcó que no existen impedimentos legales para avanzar en la investigación e imputar a nuevas personas, aunque no a quienes ya fueron penados. En el escrito, Brito consideró imposible aplicar la categoría de crimenes de lesa humanidad (por ende, imprescriptibles), por lo que ahora el expediente volvió al juez federal subrogante Daniel Bejas, quien deberá decidir sobre su futuro.
"Es sugestiva la pasividad del fiscal Brito, quien pareciera haber olvidado que el obrar objetivamente en el marco del principio de legalidad, no lo convierte en codefensor de los imputados. Un abismo lo diferencia de la valiente actitud del fiscal Palacín en la causa Larrabure", comparó Picón.
"No es acertado ni legal desechar una denuncia sin producir ninguna medida de investigación; máxime en casos en los cuales el denunciante aporta serios elementos que deben ser objeto de análisis, estudio y acciones concretas en pos de confirmar la hipótesis delictiva o, en su defecto, descartarla. De ningún modo ese proceder resulta digno de un fiscal, quien no debe transformarse en una muralla contra la que choquen los clamores de justicia y verdad", arremetió la viuda del capitán Viola.
Insistencia
Con el patrocinio de los abogados Javier Vigo Leguizamón y Carlos Picón, la mujer insistió con su planteo. "No estamos ante una decisión de menor entidad, sino de singular trascendencia por afectar a los principios de legalidad e imparcialidad. Cualquier restricción en el ejercicio de un derecho fundamental, cual es la garantía de imparcialidad, necesita basarse en una causa justificada y ser debidamente fundada. Un planteo de inconstitucionalidad no puede resolverse con una mera providencia carente de todo fundamento", cuestionó. Cabe recordar que el ataque en contra del capitán Viola fue perpetrado el 1 de diciembre de 1974, por integrantes de la organización marxista Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP).
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