domingo, 13 de septiembre de 2009

SE LA PONEN A LATORRE



No tienen derecho a no reconocer que el pueblo dijo que los mandatos de los legisladores actuales son ilegitimos.

Fiscalia Federal nº 12 Dr. Patricio Heber


FORMULA PETICION DE SER TENIDO COMO PARTE QUERELLANTE - SE AUTORICE A EXTRAER FOTOCOPIAS - SE AUTORICE A COMPULSAR LAS ACTUACIONES.-

Señor Juez Dr. Pedro Martínez Di Giorgio:

JUAN RICARDO MUSSA, por derecho propio, con domicilio real en Avda. Callao 569 2º piso 2º cuerpo, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio legal conjuntamente con mi letrado patrocinante Dr. JUAN BAUTISTA TINGUELI, inscripto en el Tº 101 Fº 333 del C.P.A.C.F., CUIT n° 20-30740593-9, Monotributista, Legajo de Ingresos Brutos Convenio Multilateral n° 901-277558-4, en la calle Olazábal 5125, Piso 3, Depto “C” de ésta Ciudad, en la causa Nº 11.099/2009, ante V.S. me presento y digo:

I.- Objeto.-
Que vengo en los términos de los artículos 82 párrafo 1º, 83, y siguientes y ccs. del C.P.P.N. a solicitar a V.S., ser tenido como parte querellante en las presentes actuaciones en las que se investiga la comisión de hechos gravísimos en perjuicio de la ciudadanía argentina y que, tendrían como responsables a la Sra. Presidenta de la Nación Argentina, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, al ex Presidente de la Nación Argentina, Dr. Néstor Carlos Kirchner y a los Senadores nacionales: Jorge Banicevich (Santa Cruz), Fabio Biancalani (Chaco), Adriana Bortolozzi (Formosa), Eric Calcagno (Buenos Aires), Jorge Colazo (T. del Fuego), Ana Corradi (Santiago del Estero) Elena Corregido (Chaco), Liliana Fellner (Jujuy), Nicolás Fernández (Santa Cruz), Daniel Filmus (Capital Federal), Marcelo Fuentes (Neuquén), Silvia Gallego (La Pampa), César Gioja (San Juan), Silvia Giusti (Chubut), Pedro Guastavino (Entre Ríos), Marcelo Guinle (Chubut), Ada Iturrez (Santiago del Estero), Guillermo Jenefes (Jujuy), Rubén Marín (La Pampa), José Mayans (Formosa), Ada Maza (La Rioja), Julio Miranda (Tucumán), Blanca Osuna (Entre Ríos), José Pampuro (Buenos Aires), Nanci Parrilli (Neuquén), María Perceval (Mendoza), Daniel Pérsico (San Luis), Miguel Pichetto (Río Negro), Teresita Quintela (La Rioja), Marina Riofrío (San Juan), Fabián Ríos (Corrientes), Eduardo Torres (Misiones), Mónica Troadello (Mendoza), Luis Viana (Misiones), Isabel Viudes (Corrientes), Horacio Lores (Neuquén), José Martínez (T. del Fuego), María Rosa Díaz (T. del Fuego), con domicilio en la sede de sus asientos públicos, Casa Rosada, Residencia de Olivos y Congreso Nacional.-

II.- Hechos.-
II. a.-
El Senado nacional aprobó con el apoyo de votos oficialistas y envió a la Cámara de Diputados el proyecto del gobierno que fija un máximo del 5 por ciento a la reasignación de partidas presupuestarias a cargo del jefe de Gabinete, facultad conocida como "superpoderes". La iniciativa propone la sustitución del artículo 37 de la ley de Administración Financiera y de los sistemas de control del público nacional, y autoriza al jefe de Gabinete a establecer reestructuraciones de partidas siempre que no supere el 5 por ciento del total del presupuesto anual. El oficialismo logró 38 votos positivos, contra 24 negativos de la oposición, y aprobó la modificación en general y en particular. El debate por los superpoderes se inició luego que el oficialismo consiguió la aprobación del proyecto de delegación de facultades del Congreso para el gobierno nacional (38 votos contra 30), en una jornada que se inició antes del mediodía y se extendió por más de 12 horas.
Estamos frente a una clara violación del artículo 29 de la CN por cuanto establece con claridad: “El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria”. La Carta Magna es clara en su expresión, y el Poder Judicial, debería actuar en consecuencia, no se trata de un tema menor: está desapareciendo el sistema republicano, la mismísima división de poderes que nos consagra como república y se está concentrando el poder de forma vertiginosa y desmedida.
Desde el peronismo disidente, el diputado Jorge Sarghini fue crítico: "Esto no resuelve nada. Los superpoderes son inconstitucionales. Significan que el Ejecutivo puede modificar el presupuesto después que el Congreso votó la ley". Sin duda que estamos frente a unos de los sucesos más inconstitucionalmente nítidos de la historia argentina.
No sólo vemos aquí un proceder claramente inconstitucional de parte de quienes fueron los autores intelectuales del proyecto, como de aquellos que lo votaron finalmente de forma positiva, sino que la conducta repentina e inesperada de la Senadora Roxana Latorre (Santa Fe) de aportar la firma faltante al dictamen de mayoría habilitando su tratamiento, ha hecho emerger nuevamente en la Argentina al fantasma del soborno y del favor a cambio de otro favor. Ya hay un portal de noticias, que brinda información en relación al tema presentándose como alarmante, sumamente preocupante y digno de ocupar el centro de una investigación de parte del Poder Judicial. El link es http://www.perfil.com/contenidos/2009/0 ... _0011.html y en él se expresa: “Según publicó hoy Clarín, el cambio de actitud de Latorre estaría vinculado con una futura designación del Gobierno nacional en el ONCCA de Mario Gómez, vinculado a la santafesina. La nota sostiene que la senadora habría actuado condicionada para no obstaculizar la llegada de Gómez al organismo”.
II. b.-
Una vez sentado el relato de los hechos que tiene como perjudicados a todos los ciudadanos de la Nación Argentina, considero que la conducta perpetrada por los denunciados, encuadra prima facie en la prevista por el artículo 227 del Código Penal, amén de iniciar la debida investigación en pos de determinar la supuesta comisión del delito previsto en el artículo 256 del Código Penal por parte de la Senadora Nacional por Santa Fe, Roxana Latorre.

III. Se autorice a extraer fotocopias. Se autorice.-
Solicito se me autorice a extraer fotocopias de las presentes actuaciones, a fin de conocer el estado de las mismas, y solicitar la producción de las medidas pertinentes y útiles a la investigación.

IV. Solicita medidas de prueba.
1) Solicito se cite a prestar declaración testimonial al Senador Nacional por la Provincia de Santa Fe, Carlos Reutemann y al Diputado Nacional electo, Felipe Solá a fin de que aporten todos los datos posibles a fin de determinar un supuesto accionar contrario a la ley por parte de la Senadora Latorre. Asimismo se solicita que se arbitren los medios necesarios para identificar los domicilios de los testigos ofrecidos y hacer efectiva la notificación.-

V. Petitorio:
Por todo lo expuesto a V.S. solicito:
1) Me tenga por presentado, por parte querellante y por constituido el domicilio procesal;
2) Se provea la petición incoada en el punto III.
3) Se cite a prestar declaración testimonial a las personas señaladas en el punto IV.

Proveer de Conformidad,
SERA JUSTICIA.-



http://www.argentinasequeja.com/traición-a-la-patria,-no-hay-mandato--t64.html

1 comentario:

Movimiento Argenlibre dijo...

Nuestros querido y Respetado Lic. en el dia de la fecha nos han censurado el Blog.
Le dejamos un gran abrazo y viva la Libertad de Expresión.