martes, 10 de mayo de 2011

LAVADO

ACUERDO FPV-UCR
El lavado de dinero será ley el miércoles 01/06

Acuerdo del FpV y la UCR sobre lavado de dinero. Los montos de punibilidad penal se elevaron a $ 300.000. La UIF, tendrá autonomía, autarquía financiera y su directorio será designado por concurso público. El plazo para informar operaciones sospechosas se extendió de 30 a 150 días corridos.

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). El proyecto que establece nuevas restricciones y agrava las penas para reprimir el lavado de dinero, será convertido en ley por el Senado Nacional el miércoles 01/06, ya que los bloques mayoritarios anticiparon su apoyo para la aprobación.

Tras la reunión de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales de la que participaron el ministro de Justicia, Julio Alak; y el presidente de la Unidad de Información Financiera (UIF), José Sbatella, los máximos representantes de las bancadas mayoritarias del Frente para la Victoria y la UCR, acordaron esa fecha para evitar las posibles sanciones del Grupo de Acción Financiera Inrternacional.

Desde el año 2000 Argentina forma parte de del Grupo de Accion Financiera Internacional (GAFI) y por tal mantiene una participación activa de las reuniones plenarias.

En el año 1990 el organismo internacional ha dictado más de 40 recomendaciones sobre lavado de activos a las que se suman las 9 añadidas en el año 2001, relacionadas con la prevencion de la financiacion del terrorismo.

Si bien las recomendaciones no son vinculantes (obligatorias), se exige a los países miembros que respondan en funcion de los estándares internacionales, adecuando su derecho interno a su marco y mejorando, en forma permanente, su sistema preventio y represivo.

El GAFI advirtió que de no haber una modificación del tipo penal de lavado estipulado en la ley argentina antes de la próxima reunión del grupo, prevista para el 20/06 en Ciudad de MéxicoDF, el país sería sancionado.

Concretamente, se incrementarían los controles financieros internacionales sobre la Argentina y se abriría un proceso que podría terminar en la inclusión en una "lista gris" del GAFI, integrada por países que no demuestran voluntad política para combatir el blanqueo de activos.

El justicialista Miguel Angel Pichetto y el radical Ernesto Sanz argumentaron a favor de la medida, que ya cuenta con media sanción de Diputados, en tanto que el Peronismo Federal, representado por la presidenta de la Comisión, la salteña Sonia Escudero, adelantó también dio su visto bueno.

Al defender la iniciativa del Poder Ejecutivo, el ministro de Justicia, Julio Alak la consideró como una norma “trascendental, casi revolucionaria en la lucha contra el lavado de dinero” para el financiamiento de actividades como el terrorismo y el narcotráfico

Según explicó Alak, la sanción de la ley permitirá el “fortalecimiento de la UIF” con la obtención de nuevas facultades para el cumplimiento de sus objetivos (como un presupuesto propio y la posibilidad de solicitar información a otros organismos fiscales), sancionar el “autolavado” y dar autonomía al delito del lavado. Además, anunció el envío de una norma para la creación de un registro nacional de bienes incautados a fin de unificar toda la información al respecto.

El proyecto

El proyecto establece la tipificación como delito autónomo del Lavado de Activos, eliminando la restricción que une esa figura al acto de encubrir delitos ejecutados por otros, lo que impide en la actualidad la persecución penal del denominado "autolavado".

Además amplía las facultades de la UIF y de la judicatura, mediante modificaciones a la Ley 25.246, e incorpora nuevos sujetos obligados.

En tanto, los montos de punibilidad del tipo penal se elevaron a $ 300.000 y se estipuló que quien realiza una maniobra de lavado inferior a $ 300.000 tiene la misma pena que el encubrimiento.

También prevé la autonomía y autarquía financiera de la Unidad de Información Financiera.

En relación al procedimiento de designación de la UIF, exige que se realice un concurso público, transparente y abierto en el ámbito del Ministerio de Justicia y aplicando luego el procedimiento que hoy prevé el decreto 222/03 donde se establecen los procedimientos para la preselección de candidatos para la cobertura de vacantes en la CVorte Suprema de Justicia de la Nación.

Según el proyecto, el Poder Ejecutivo podrá remover al presidente y vicepresidente de la UIF de su cargo cuando incurrieren en mal desempeño de sus funciones o en grave negligencia, cuando resultaren condenados por la comisión de delitos dolosos o por inhabilidad física o moral posterior a su designación.

También se prohíbe iniciar investigaciones de oficio o a partir de los reportes automáticos y, en el caso de la UIF, establece que no podrá querellar.
.
Finalmente, el plazo para informar operaciones sospechosas se extendió de 30 a 150 días corridos.

leer +

No hay comentarios: