lunes, 1 de octubre de 2007

ABORTO

Al diario LA CALLE
Ante la carta publicada en su diario el día 30/9 deseo formular la siguiente respuesta. Vía mail me llegó esta publicación del portal NOTIVIDA, la que adjunto a continuación de la presente carta. A continuación transcribo párrafos de la siguiente publicación: "Según datos publicados en noviembre de 2006 por la Dirección de Estadísticas e Información de Salud, del Ministerio de Salud; durante el año 2005 se produjeron en Argentina 279 muertes maternas (3,9 muertes / 10.000 nacidos vivos). Como hemos destacado en otras oportunidades la mortalidad materna engloba todas las muertes que se producen durante el embarazo, parto y puerperio. De esas muertes maternas, según el mismo informe, 79 están relacionadas con el aborto –espontáneo o provocado". "Para tener una idea de la magnitud de las muertes por aborto en el contexto total de defunciones destaquemos que en ese mismo año, 2005, murieron 9507 chicos menores de un año, en su mayoría por causas evitables, de los cuales 4088 también eran mujeres".
Con respecto a la pregunta formulada en la carta sobre si: "A los Sres. médicos del hospital de Paraná que se negaron a cumplir con su deber legal, para eso son empleados del Estado.....(no lo hicieron por objeciones de conciencia, (no es cierto) ... invocaron razones médicas imprecisas que fueron inmediatamente disipadas por los médicos de Mar del Plata, al parecer más instruidos y menos cobardes frente a las presiones de los grupos fundamentalistas ( grupos que por su extracción social son los mayores productores de abortos ilegales y clandestinos practicados en esta provincia, pago mediante) ...y si no, porque frente a la fría estadística general que indica que esta provincia se practican cientos de abortos ilegales, adquiere tanta notoriedad y resistencia un solo aborto legal? Es obviamente cuestión de dinero y buen pago a los ahora bienpensantes y presuntos defensores de la vida, Sres. profesionales de la medicina. Oprobio a la medicina entrerriana.
¿No han incurrido en delitos penados por el Código Penal y por ello no deberían ser juzgados y eventualmente condenados?
Quisiera responder:
Ser empleado del Estado no justifica cumplir una ley inferior como el artículo 86 inc. 2º que habilita la eliminación de una vida mientras la ley fundamental, la Constitución Nacional lo prohibe. No se es empleado del Estado para cumplir leyes inconstitucionales. Impedir el nacimiento de un ser humano de 4 meses y medio cuyo corazón late normalmente y siente como todos nosotros no es una razón médica imprecisa y el hecho de haber sido interrumpido su nacimiento mediante una práctica aberrante como el aborto no significa que haya sido disipada, sino eliminado por personas que según la carta son "al parecer más instruidos y menos cobardes frente a las presiones de los grupos fundamentalistas. ¡Qué calificación más desafortunada para personas que como el suscripto defendemos el derecho a la vida de seres humanos indefensos. Si defender la vida al ultranza es ser un fundamentalista, entonces lo soy!
En cuánto al argumento de que los grupos más adinerados son los mayores productores de abortos ilegales y clandestinos practicados en esta provincia (Entre Ríos) , pago mediante, de ser esto cierto tampoco habilitaría ni justificaría el aborto el cual configura una práctica injustificable, la realice un pobre o un rico. En cuanto a los abortos ilegales que se practican los mismos debieran ser impedidos por las autoridades responsables y desde ya que no habilitan un aborto llamado legal cuando viola la Constitución Nacional y el derecho primordial de la raza humana que es la vida.
Me pregunto sino deberían ser juzgados quienes cumpliendo funciones públicas violan el derecho a la vida, derecho protegido por la Constitución Nacional y los Pactos de Derechos Humanos incorporados a ella.
Aclaro que no soy practicante católico y que a mi criterio el tema del aborto no es un tema religioso sino que pertenece al área de los derechos humanos

Alejandro Olmedo Zumarán.
olmedozumaran@hotmail.com

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