miércoles, 9 de febrero de 2011
BONISTAS AL ATAQUE
Los bonistas argentinos contra Boudou
ADAPD, la entidad que reúne a los bonistas argentinos, responde a las declaraciones del Ministerio de Economía.
INFORMADOR PÚBLICO
En respuesta a los dichos del actual ministro de economía de la República Argentina, cuyo texto se reproduce más abajo tomado del diario La Nación, ADAPD, Asociación de Damnificados por la Pesificación y el Default, asociación civil, en representación de los miles de bonistas individuales argentinos damnificados por el default de deuda soberana declarado por la República Argentina en 2002, y los dos canjes de deuda posteriores confiscatorios de la propiedad privada de aquellos que adquirieron sus bonos a su valor nominal o mayor, le decimos al Ministro y a la opinión pública que:
* La descalificación de acreedores es una parodia que ya no engaña a nadie, y solamente la apoyan aquellos que se benefician de alguna manera con estas conductas, o distraídos o irresponsables.
* El incumplimiento de compromisos asumidos por el Estado Nacional solamente ahonda la inseguridad jurídica, con las consecuencias ya enunciadas, repetidas veces por ADAPD, y que conduce inexorablemente a la pauperización de segmentos cada vez más amplios de la sociedad argentina, ante la mirada cómplice y silenciosa de quienes pueden hacer y callan.
* Esa pauperización puede haber sido disimulada por factores externos favorables, no obstante lo cual éstos no se han utilizado para realizar los cambios estructurales que el país necesita para sentar bases de un crecimiento sustentable.
* Haber utilizado la fuerza detrás del ejercicio del Poder Ejecutivo para conseguir que miembros del Congreso Nacional y del Poder Judicial de la Nación (remitirse al Fallo Galli de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación), respalden la falta de negociación con los acreedores de deuda pública soberana en default, y apoyen el saqueo de la propiedad privada por esos medios, y más grave aún, incumplan sentencias judiciales, va en contra del interés general de la República, comprometiendo el bienestar de sus ciudadanos en el mediano y largo plazo.
Nos preguntamos hasta cuándo se permitirá que funcionarios públicos continúen con la apología del no cumplimiento de sentencias judiciales, perjudicando la imagen de la República, generando desconfianza interna y externa de inversores de riesgo genuinos. Vemos mucha preocupación por campañas políticas, por conseguir votos, por discursos plagados de populismo, pero no encontramos aquellas voces necesarias y responsables que aboguen seria y claramente en alta voz porque la REPUBLICA ARGENTINA se convierta en un país en el cual el respeto por todos los derechos que garantiza nuestra Constitución Nacional, sean de estricto cumplimiento bajo pena de juicio y castigo a los infractores.
Art. 17.- La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el artículo 4º. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino.
Art. 29.- El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.
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