domingo, 6 de febrero de 2011

TASAS MUNICIPALES


Tasas MUNICIPALES



El estado (municipal) monopoliza ciertos servicios públicos que imponen tasas (*).



Su empleo es forzoso como consecuencia del monopolio y la necesidad.



Corresponden en su mayor parte a una organización del Estado formada con la base del dominio semipúblico, integrado con ciertos capitales, para prestar servicios con la idea predominante del interés colectivo.



En principio no son obligatorias.

Nadie puede ser obligado a utilizar los servicios,

Nadie puede ser perseguido porque prescinda de ellos;



Esta forma indirecta de coacción es muy distinta a la coacción legal que presiona para el cobro del impuesto.





(*) Definiciones de tasas (municipales).



ü Es la contraprestación de un servicio que el individuo usa en provecho propio. El sacrificio tiene en vista el interés particular y en forma mediata el interés general.

ü “Es la contraprestación en dinero que pagan los particulares, el estado u otros entes de derecho público, en retribución de un servicio público determinado y divisible”. (Def. García Belsunce).



Elementos esenciales de la tasa (temas)


- Naturaleza tributaria de la tasa.
- Existencia de un servicio que presta el Estado (Municipal).
- Naturaleza del servicio prestado.
- Divisibilidad del servicio.
- Voluntariedad.
- Ventaja.
- Destino de los fondos.
- Prescripción



Principios Constitucionales


- Legalidad
- No confiscatoriedad
- Igualdad y equidad

***


COMENTARIOS:



A la muerte nadie le puede escapar. Es así nomás. A los impuestos, tarde o temprano, en la mayoría de los casos, es – casi como la muerte - difícil de evadirlos. Pero ¿es así nomás?

En el caso de las imposiciones municipales (tasas), que son por una contraprestación monopólica de servicios básicos (ABL),



¿Qué pasa cuándo esos servicios

están ausentes o son deficientes?



Las municipalidades quieren cobrar, pero no quieren pagar (empresas tercerizadas), o pagan y los servicios no se prestan (aparecen en los libros contables), o no hay control de su propia gestión (¡incapacidad!).

Los intendentes incapaces (que no son pocos en la Argentina ) difícilmente son enjuiciados por “incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos”, como mínimo.

Con nuestra eficiencia judicial de todos modos quedarían las causas en “abstracto” (dejaron de ser intendentes y encima se murieron).

Todo es una costosa falsedad que, cada tanto, termina en hechos conflictivos, desde la desobediencia civil (no pagos de impuestos, tasas y servicios) hasta directamente violentos. (Ricardo B. Molina).


***

No hay comentarios: