viernes, 16 de enero de 2009

REGULADORES DEL KURRO

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
LEY Nº 24.065



ACTA DE REUNION ABIERTA Y URGENTE DEL DIRECTORIO Nº 1020



(No publicada en B. O.)



Citas Legales: Decreto 01172/2003





En la ciudad de Buenos Aires, al 19 de noviembre de 2008, siendo las 13.35 se reúnen en la sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD , en Reunión Abierta y Urgente convocada por el Presidente Ingeniero Mario Humberto de Casas, con el quórum integrado por la presencia de los Señores Directores: Ingeniero Mario Humberto de Casas, Ingeniero Luis Miguel Barletta, Contador Marcelo Kiener, Señor Eduardo O. Camaño e Ingeniero Jorge Daniel Belenda.



Los antecedentes, debidamente certificados, correspondientes a los puntos del Orden del Día de la fecha, son resguardados en Secretaría del Directorio. Asisten el Secretario del Directorio Dr. Juan Pablo Llorens, su Alterna, Dra. María Graciela Andina Silva de Alfano y el Lic. Andrés Eluani.



Preside el acto el señor Presidente Ingeniero Mario H. de Casas, quien a continuación invita a considerar los puntos del Orden del Día, mencionando que la convocatoria correspondiente, conforme a los términos del Decreto PEN Nº 1172/03, ha sido publicada en la página Web del Organismo, así como ha sido fijada en los lugares de acceso al público con fecha 18 de noviembre de 2008.



1.- Resolución SE Nº 1169/08 Tratamiento de los Cuadros Tarifarios para el período 1/10/08 al 30/4/09 propuestos por las Distribuidoras, en los términos de lo establecido en los Subanexos 2 de los respectivos Contratos de Concesión.



En relación al tema mencionado los señores directores el día 18 de noviembre de 2008 suscribieron un Acta en las cuales fundamentaron la urgencia de su tratamiento, la que dice: “BUENOS AIRES, 18 de febrero de 2008. Acta de convocatoria a Reunión de Directorio Abierta y Urgente. Artículo 12 del Anexo VIII al Decreto Nº 1172/03. Que oportunamente fueron dictados los Decretos PEN Nº 1957/2006 y PEN Nº 1959/2006 y PEN Nº 802/2005 por los cuales fueron ratificadas las Actas Acuerdo suscriptas por la UNIREN , con "EDENOR S. A.", con "EDESUR S.A." y con "EDELAP S.A.", respectivamente. Que tales Actas Acuerdo establecen en las respectivas cláusulas cuarta, los criterios que deberán seguirse en materia tarifaria durante el Período Tarifario de Transición (PTT). En tal sentido las empresas presentaron, los cuadros tarifarios resultantes de dicha cláusula, para su aprobación por parte del ENRE. Que a efectos del análisis de las presentaciones efectuadas por las Distribuidoras se procedió a la apertura de los Expedientes ENRE Nº 20.085/2008, ENRE Nº 28.086/200 y ENRE Nº 28.092/2008, para "EDESUR S. A...”, “EDENOR S. A.” y "EDELAP S. A.”, respectivamente. Que en razón de lo explicitado precedentemente corresponde dar urgente tratamiento a dichas actuaciones, lo que así se dispone. Por lo expuesto, convocamos para el día 19 de noviembre de 2008 a las 13.00 a reunión Abierta y Urgente de Directorio a llevarse a cabo en la sede del ENRE. La presente Acta en razón de los fundamentos que contiene, integrará el Acta que se labre como consecuencia de la reunión que se convoca. Firmado: Ingeniero Mario Humberto de Casas, Presidente; Ingeniero Luis Miguel Barletta, Vicepresidente; Contador Marcelo B. Kiener, Vocal Primero, Señor Eduardo O. Camaño, Vocal Segundo e Ingeniero Jorge Belenda, Vocal Tercero.”



Seguidamente, expresan los señores Directores que, habiéndose efectuado el análisis de los Expedientes ENRE Nº 28.085/2008, ENRE Nº 28.086/2008 y ENRE Nº 28.092/2008, que corresponden a "EDESUR S. A.”, "EDENOR S. A.." y "EDELAP S. A..", respectivamente, en las que se han elevado los correspondientes proyectos de Resolución y documentación anexa, que se agregan al Acta en fotocopia certificada, así como un breve resumen del objeto de la Resolución dictada.



Los señores Directores, entonces, dejan constancia que con relación al punto del Orden Día, se dictará una Resolución cuyo original numerado será incorporado al Acta a los efectos de su registro, mencionándose las fojas de los Expedientes precedentemente citados donde constan los originales de las elevaciones anexas a la presente.



En este estado toma la palabra el señor Presidente quien expresa que lo que se habrá de resolver implica el reconocimiento de cargos ex post que corresponde percibir a las Distribuidoras de acuerdo a lo que establecen sus respectivos Contratos de Concesión. Tales cargos determinan ajustes por diferencias entre los costos estimados y los efectivamente incurridos por variaciones de demanda, y si bien tales ajustes están considerados expresamente en los Contratos de Concesión, no habían sido aplicados oportunamente.


Agrega seguidamente que este ajuste, a más de normalizar una situación del modo previsto en la normativa, implica por parte del Estado el cumplimiento de sus obligaciones postergadas y exterioriza la decisión del ENRE de continuar con ésta política hasta normalizar la concreción de los acuerdos oportunamente alcanzados, como también la de exigir a las empresas el cumplimiento de las obligaciones a su cargo. Producido un intercambio de opiniones sobre el punto, en consecuencia con lo dicho y por unanimidad dictan la Resolución ENRE Nº 628/2008, la dispone: (i) Aprobar los valores del Cuadro Tarifario de "EDENOR S. A.." contenidos en el ANEXO I a este acto, del cual forma parte integrante, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de Octubre de 2008; (ii) Aprobar los valores del Cuadro Tarifario de "EDESUR S. A.." contenidos en el ANEXO II a este acto, del cual forma parte integrante, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de Octubre de 2008; (iii) Aprobar los valores del Cuadro Tarifario de "EDELAP S. A.." contenidos en el ANEXO III a este acto, del cual forma parte integrante, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de Octubre de 2008; (iv) Dentro del término de CINCO (5) días corridos de notificada la presente Resolución las Distribuidoras “EDESUR S. A.”, “EDENOR S. A.” y "EDELAP S. A.." deberán publicar sus respectivos cuadros tarifarios en por lo menos DOS (2) diarios de mayor circulación de su área de concesión. Se agrega la documentación de fojas 265/292 del Expediente ENRE Nº 28.085/2008, con la salvedad que similar documentación obra a fojas 485/512 del Expediente ENRE Nº 28.086/2008 y a fojas 209/236 del Expediente ENRE Nº 28.092/2008,



Se deja constancia que, ni a la hora a la que fuera convocada la presente reunión, ni al momento de su inicio, ni durante su transcurso, se apersonó persona alguna a presenciarla en los términos del Decreto PEN Nº 1.172/2003.



No habiendo más asuntos que tratar, y siendo las 14.00. Se levanta la sesión. Por Secretaría, conforme lo dispuesto por el RIFD se pone a disposición el Acta precedente, la que es suscripta de conformidad por los Señores Directores.

Jorge Daniel Belenda,
Vocal Tercero.-


Eduardo O. Camaño,
Vocal Segundo.-
Marcelo Baldomir Kiener,
Vocal Primero.-
Luis Miguel Barletta,
Vicepresidente.-
Ing. Mario H .de Casas
Presidente.-
Dr. Juan Pablo Llorens,
Secretaría del Directorio

No hay comentarios: