jueves, 24 de abril de 2008

RETENCIONES

INVERSIÓN PRIVADA DE RETENCIONES


El 31/12/2005, Dto. 57/2005, se ratificó el Acta de Compromiso entre el Gobierno y la industria vitivinícola para incentivar la expansión y las inversiones en el sector, mejorar su competitividad, la generación de empleo y las economías regionales, con el compromiso de las empresas de invertir el ciento veinticinco por ciento (125%) del impuesto interno que
se dejaba de pagar al Estado Nacional.
Las inversiones debían destinarse a: a) bienes de capital; b) viñedos; c) nuevas tecnologías; d) y e) ferias, promociones y eventos en embajadas. Además a proyectos de reconversión y modernización.
Objetivo central: sustentar el desarrollo futuro, consolidar la identidad argentina, incrementar la producción y generación de empleo.
El 11/02/2008, Dto. 248/2008, aprobado el cumplimiento de las obligaciones por el sector vitivinícola, se prorrogó la exención del impuesto.
Todos los argumentos que sustentaron el dictado de los decretos mencionados son de plena aplicación para el sector agroindustrial, que necesita invertir para expandirse, para bien del país, de toda su población y para el desarrollo de las economías regionales. La mayor oferta de empleos, elevará los salarios superando la inflación.
El ejemplo ya está trazado: el sector agroindustrial debe comprometerse a invertir en los destinos arriba indicados, las retenciones dejadas de pagar al Estado. El destino de las inversiones debería incluir las sociales: escuelas, hospitales, viviendas, rutas vecinales, etc.
Conceptualmente las retenciones deben eliminarse. El desequilibrio inicial de las cuentas públicas debe ser resuelto con mecanismos financieros transitorios.

16/04/2008
Dr. Marcelo J. Castro Corbat
segundarepublica@ fibertel. com.ar

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