sábado, 28 de febrero de 2009

LE TOCÓ AL PAVO REAL


OTRA MANCHA AL TIGRE
DENUNCIA CONTRA EL Dr. RAFAEL ANTONIO BIELSA POR PRESUNTO FRAUDE AL ERARIO PÚBLICO
Por Redacción de Tribuna


Señor Juez:
Luis María Velázquez, argentino, casado, abogado, con domicilio real en calle Luciano Molinas 820 de la ciudad Capital de Santa Fe, DNI 6.246.827, con domicilio legal en Avenida Córdoba 1345, piso 11 de Capital Federal, inscripto en la matrícula federal, por propio derecho;
A V.S. respetuosamente digo:
Que originalmente por ante otros juzgados federales y Cámara de Apelación Penal y por fin en vuestro Juzgado he formulado denuncias, e insistido con mi declaración testimonial, contra el ex poli funcionario de todos los gobiernos -aún los de facto- a partir de su sostenida obtención del título de abogado en el año 1978. Me refiero a Rafael Antonio Bielsa, nacido el 15 de febrero de 1953 en Rosario, DNI 10.986.005, domiciliado en Dorrego 1940 Torre C PB "A", Buenos Aires. Se formó el expediente penal con las denuncias contra el susodicho: 15078/2005, en causa B-9228/05, ante su Secretaría Segunda. Sobre la cual vengo a formular nueva ampliatoria denuncia, de modo que si se hubiere archivado la causa desde ya pido su desarchivo para continuarla.
Ampliación de denuncia: Para que se proceda a su íntegra investigación y total esclarecimiento, sobre la reiterada inconducta del denunciado Bielsa, por el posible fraude al erario público del cual ha venido dependiendo desde su época de estudiante, como auxiliar (no "funcionario" como sostiene) de la Fiscalía Federal de Rosario, hasta agotársele en diciembre de 2007 por ser ya insostenible su pertenencia.



Necesario resumen previo: Quien haya tenido a su alcance el "curriculum vitae" de Bielsa (se publicó por Internet en la página de Cancillería) ha visto que comenzó su carrera de empleo público en el año 1974 como empleado auxiliar de 2ª en la Fiscalía Federal en la Justicia Federal de Rosario, hasta 1977. Para el año 1981 "Asesor del Honorable Congreso de la Nación". Inexistente éste como tal por estar el país bajo un régimen de facto, un gobierno de fuerza militar que lo había desactivado y en su lugar reemplazado por la CAL (comisión de asesoramiento legislativo) que estaba a cargo exclusivo de los comandantes en jefe de las distintas fuerzas, que era a quienes Bielsa "asesoraba", y ahora descalifica severamente. También durante el mismo gobierno, en los años 1981-1982 como "Asesor de la Subsecretaría de Asuntos legislativos del Ministerio de Justicia de la Nación". Su proyección militarista trascendió nuestras fronteras ya que durante los años 1982-1983 fue "Asesor para un proyecto piloto de informática jurídica en Chile" bajo la dictadura del General Augusto Pinochet Ugarte. En nuestro país hasta 1987 -ya en gobierno radical- siguió como "Director de informática jurídica en la Subsecretaría de asuntos legislativos del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación". Muchacho que no quería privar a ningún gobierno de sus conocimientos y capacidad, enseguida con el siguiente gobierno peronista de Carlos Menem desde 1989 hasta 1999 ininterrumpidamente ocupando 19 cargos de funcionario gubernamental. Ya en aplicación del principio "ahora que perdimos los peronistas menos mal que ganamos los radicales", apenas asumido Fernando de la Rúa en diciembre de 1999, en tratamiento de la ley de Ministerios, se reforma por esta, la ley 24.156 (art.109), para "darle un cargo", y sustituir un contador por el abogado como síndico titular de la SIGEN, cargo que usurpó hasta la caída de de la Rúa. Ya en este gobierno nada menos que "canciller". Luego diputado nacional, para terminar como candidato a gobernador de Santa Fe con un muy triste papel que lo obligó a renunciar como legislador.
Proyección política y su "pertenencia"-necesario análisis para entender esta ampliación de denuncia: Con el advenimiento del "progresismo" de la actual gestión gubernamental (sólo originario); Bielsa a su conveniencia, se autopromocionó como ex montonero, gran defensor de los derechos humanos, y que debió exilarse durante tres años por ser -dijo- perseguido por su "dictadura militar". Desde ya extraño por haber sido su abuelo -el verdadero tratadista de Derecho Administrativo- una persona muy allegada e influyente a los mandos militares.
Contradicción: Su alegado supuesto "exilio" (3 años), iría del año 1976 hasta 1979 inclusive. En materia laboral denuncia que fue auxiliar de 2ª en Fiscalía Federal de Rosario hasta el año 1977 inclusive. Sus estudios: Afirma y rubrica en su "curriculum" que egresó como abogado en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario en diciembre de 1978. Muy publicitadamente lo reconoció cuando se decidió a trabajar recientemente, al inscribirse en el Colegio de Abogados en Buenos Aires, y ante la pérdida del continuo sustento público.
Para la década de los años 1970, incluso 1980, no existía el notable y avanzado servicio de Internet. En consecuencia tampoco era posible acceder a los "cursos de educación a distancia", tal como ahora existen y que suplen la asistencia universitaria personal. Los cursos de las materias en la Facultad de Derecho de Rosario eran "regulares". No obstante de pretender rendir "libre" cada materia, siempre lo era con concurrencia personalizada a las mesas examinadoras en Rosario-Argentina. A nadie se le puede ocurrir pensar o creer que entonces Rafael Videla o Emilio Massera, le concedieran autorización o visa para volver al país a rendir materias, claro si fuera cierto lo de la "persecución" con obligado exilio.
PREGUNTA: ¿Puede ser que un gobierno de fuerza militar, a alguien "perseguido" y que debiera "Exilarse" por subversivo, que supuestamente volviera al país para principios de 1980, al año siguiente -1981- lo designaran nada menos que "asesor del H. Congreso de la Nación" (Cal)? Solamente la genial María Elena Walsh lo podría responder.
En relación a su "martirizado" exilio que expuso, a principios del gobierno de Néstor Kirchner, se conoció que Rafael Bielsa habría sido beneficiado con una fuerte indemnización por parte del Estado Nacional, por haber sido "perseguido" por la dictadura.
Posibilidad de obtención de indemnización indebida: En el año 2004 el Senado de la Nación aprobó por unanimidad el proyecto de ley para indemnizar a los que por razones políticas debieron abandonar el país, entre noviembre de 1974 y diciembre de 1983. El monto fijado entonces fue de $75 por día. Pasó a diputados donde la comisión de derechos humanos aconsejó su aprobación. Se detuvo en la comisión de presupuesto perdiendo estado parlamentario. El 5 de agosto de 2006 la comisión de derechos humanos vuelve a insistir en el proyecto pasando nuevamente a la de presupuesto. Mientras tanto ya en el año 2004 la Corte Suprema de Justicia de la Nación había sentado jurisprudencia reconociendo el derecho indemnizatorio, tal cual el caso "Susana Yofre de Vaca Narvaja". Entonces AFP y TELAM informaron que Rafael Bielsa, Luis Duhalde y Carlos Bettinni eran algunos de los funcionarios del Gobierno Nacional que podían cobrar la indemnización.
Disyuntiva fraudulenta a investigar y descubrir: O es falso, un evidente ardid, que fue "perseguido", "exilado", y consecuentemente concurrió regularmente en nuestro país, libre sin persecución alguna, a la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario para recibirse como Abogado en diciembre de 1978. Y en tal caso impedido de cobrar indemnización por no debida y si lo hubiera hecho sería en defraudación al Fisco con evidente perjuicio.
De lo contrario, si fuere cierta su persecución y obligado exilio, le hubiere resultado imposible concurrir a clases y exámenes en la Facultad de Derecho de la Universidad Nac. de Rosario. FALSO entonces su obtención de título de abogado en diciembre de 1978, o si lo tuviere, en falsedad ideológica en posible falsificación de instrumento público, con mas la consiguiente usurpación de títulos y honores.
Causalmente caería en algunas de las dos alternativas posiblemente delictivas, de manera previsiblemente inevitable.
Suspensión de la prescripción penal: El imputado Bielsa, hasta diciembre de 2007 se desenvolvió como funcionario público, entrándose en la previsión del art. 67 del Código penal.
Para nada resulta extraño la infracción legal de Rafael Bielsa, debido a sus antecedentes como seguidamente resumo:

Curriculum de infracción legal de Rafael Antonio Bielsa:
Ya tengo arriba brevemente expuesto sobre su desempeño en cargos públicos nacionales en forma contradictoria en diversos sistemas de gobierno, desde 1981 hasta 1999.
En diciembre de 1999, la reciente "alianza" ganadora de las elecciones presidenciales, estaba reunida reformando la ley de Ministerios. En realidad "repartiendo cargos". Ya casi finalizando, el "Chacho" Alvarez, se acuerda de su amigo Bielsa y pide un puesto para él, ya que se le terminaba la beca menenista. Pero se lamentaban "que no quedaba nada". Entonces se acuerdan de la SIGEN y enseguida deciden designarlo como su titular. Salta entonces un serio impedimento: el art. 109 de la ley 24.156, de creación de la Sigen como organismo de control interno del P.E., requiere como requisito principal para ser síndico general, tener el título de contador público nacional. No nos olvidemos que Bielsa denuncia sólo título de abogado. Tampoco debemos olvidar que en realidad la política es el "arte de lo imposible". Soslayaron la legal exigencia, por medio de la misma ley de ministerios reformando la ley 24.156, agregándole al art. 109, "o de derecho", o sea "abogado". Y así fue como asumió. Pero sin dejar de cometer el delito de usurpacion: ¿Porqué?, porque no tuvieron en cuenta que el mismo artículo 109 (ya reformado pero sólo parcialmente), contiene otra cláusula de elemental exigencia para ser síndico general titular de la SIGEN: "y una experiencia económica financiera de no menos de 8 años" De lo que Bielsa carece de lo más mínimo.
Esta parte tuvo acceso al "curriculum vitae actualizado al 2001" de Rafael Bielsa, a través de su propia presentación ante la Fiscalía Federal n° 2 de la Justicia Federal de Santa Fe, en el proceso: "Costa, Manuel Angel s/denuncia c/SIGEN", expte.482/01, que se tramitó ante el Juzgado Federal n° 2 de la misma ciudad. Ante la afirmación de Bielsa que "antecedentes le sobraban", la fiscal federal ofició a la Secretaría L.y T. del P.E. Nacional pidiéndole informes sobre los antecedentes que exhibió Rafael Bielsa -imputado en la causa- para su designación como titular de la SIGEN. La Secretaría informó que: "La designación del Dr. Rafael Bielsa como síndico general de la Nación, fue desprovista de antecedentes." Obra el informe en el referido expte. Comparando al imputado, el nazi Goebbels resultaría sincero.
Al momento de asumir Bielsa como canciller, comprometidamente el juez federal del Juzgado n°2 de Santa Fe, Dr. Luis Miño, mandó archivar la causa por entender que "las irregularidades denunciadas no alcanzaban a constituir delitos"?????. Claro, Miño como titular del juzgado, debía investigar a aquellos que condujeron en el Consejo de la Magistratura a su designación (Gemigniani, Stubrin, Hidalgo), y a quienes Bielsa les brindó cobertura.
Su "pericial" en la Universidad Nacional del Litoral: Fue en el año 2000 citada la SIGEN a realizar pericia ya que desde el año 1990 en que Menem disolvió el Tribunal de Cuentas, carecía de control alguno. Desde el vamos no obstante, Bielsa afirmaba que venía a "entrevistarlos". Desde ya que no tenía idea a qué venía, de modo que los mismos "entrevistados" -una banda de piratas- le formularon todos los informes, de cuyo contenido armó un resultado que presentó en abril del 2001 al Juzgado, afirmando que eran "prolijos". Por la denuncia, se desestimó el informe de Bielsa, y al allanarse la SIGEN, ésta,desparecido Bielsa, en agosto del 2002 presenta el verdadero informe de inspección, terminado el 17 noviembre de 2001, realizados por los competentes funcionarios de carrera, que fue lapidario, demostrativo de una insensata y desarticulada gestión administrativa por 10 años, con enorme despilfarro, razón de la promoción como nuevos ricos de la dirigencia de franja morada de la UNL.
Coacción de fraude al fisco, en su paso por la Radio LT10 Universidad Nacional del Litoral SA: Esta Radioemisora fue creada por la Universidad como un Instituto de divulgación cultural y académica en el año 1930, con emisión autorizada como AM en frecuencia 10,20mg., para la ciudad de Santa Fe y alrededores.
Ya a partir de la década del 1960, por la excesiva contratación de personal y descontrol de gastos, para su subsistencia comenzó a emitir publicidad comercialmente contratada, ya que la UNL no contaba con presupuesto suficiente para sostenerla.
En el año 1977, el Ministerio de Economía de la Nación, bajo la titularidad de Alfredo Martinez de Hoz, dictó una resolución general por la que se prohibía a todas las emisoras radiales del Estado, propalar publicidad comercial por entenderse una competencia desleal con las privadas carentes de sustento oficial. Para la época era rector de la UNL un interventor designado por el gobierno de facto: el Dr. Jorge Douglas Maldonado, venido como profesor de inglés del Liceo Militar. Éste de inmediato expuso la imposibilidad que la Universidad pueda desviar parte de su limitado presupuesto a sostener la radioemisora, so riesgo de limitar la asistencia a sus funciones primordiales administrativas y docentes. En consecuencia dio de baja al Instituto que sostenía la Radio LT10 de la UNL.
Había en la ciudad sólo 2 radios. Fue la razón para que un grupo de docentes allegados a la Universidad, formaran un fundación, desde la cual conformaron con la Radio, antes que el Comfer diera de baja la frecuencia, una sociedad anónima privada inscribiéndose en el Registro Público de Comercio de Santa Fe, al número 406, folio 94, libro 2 de estatutos de sociedad anónima, el 6 de enero de 1978 con aplicación de Fiscalía de Estado Provincial, pasada a ser denominada "LT10 Radio UNL SA", sin la característica "de la". Volvió entonces como radioemisora ya privada, a contratar y emitir publicidad, subsistir de su propio producido exclusivamente, sin asistencia alguna presupuestaria del Estado a través de la UNL. El rector de la Universidad, como capital accionario en especie, le donó los equipos de transmisión.
Siguió no obstante el desmanejo en cuanto a la abultada planta de personal y derroche de gastos. Pero en el año |990, la fracción radical "franja morada" que tomó la Universidad, con las características arriba señaladas; abordó también la dirección de la radio. Para el año 2001 con el vicerector (Mariano T.Candioti) como presidente del directorio, y el rector(Mario D. Barletta) como vicepresidente del directorio, ya habían vaciado la radio y se encontraban al borde de la quiebra porque no pagaban nada.
En el mes de junio de 2001, todavía Bielsa a cargo de la SIGEN, les había dado una gran ayuda al Rectorado de la UNL, fraudulento por cierto. Entonces: presidente y vice de LT10, a su vez vice rector y rector de la Universidad "entrevistada", lo convocaron a Bielsa por la emergencia, pidiéndole otra "gauchada" o salvataje.
Fraude, ignorancia o cohecho de Bielsa: o quizás todo junto: Violando toda registración, personería y legislación aplicable, concurre en su pretensa salvación: con absoluta falta atributiva y legal, inobservando su registración jurídica, le "cambia" la personería legal a la sociedad anónima privada comercial, y la pretende constituir en SAPEM, y yendo mas allá en "Sociedad el Estado" dependiente del sector público nacional. De buena medida aunque corrupto sólo un ignorante puede sostener tamaño disparate, desde un organismo de control interno del gasto público. Consecuencias: Ordena no pagar nada y que los acreedores de esta sociedad anónima vayan al Estado Nacional a reclamar bonos de la deuda pública de acuerdo a la ley de emergencia nacional 25344. Manda "consolidar" sus abultadas deudas con la AFIP-DGI por IVA, ganancias y aportes de previsión social, en grosera violación a la ley penal tributaria 24.769 en su peor tipo del artículo 4. Además de la defraudación cometida entre ambas partes para con los acreedores de la Radio LT10.
En ilegal y desleal aprovechamiento de semejante disposición fraudulenta, los directivos de la Radio se ensañan contra su personal y ante sus reclamos ante sede policial laboral, oponen excepción de incompetencia porque se consideran "públicos" gracias a Bielsa. Semejante disparate lo perdieron en extremo hasta en la Justicia Laboral local, ya en juicio con sentencia definitiva condenatoria de Cámara.
Prueba demostrativa de todos los términos de esta ampliación de denuncia: Informativa: 1)De la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario. Para que informe, con constancias; a) inscripción como alumno de la Facultad de Rafael Antonio Bielsa, fecha, carrera; b) certificado analítico de materias aprobadas; c) materias cursadas y sus asistencias a clases; d) Si egresó como abogado, la fecha de culminación de su carrera; e) Si retiró su diploma personalmente y fecha, y cuantos mas datos sirvan para ilustrar al Juzgado.
Pido se oficie. 2) De los organismos del Estado, oficinas de presupuesto y liquidaciones, de la comisión de derechos humanos del Poder Ejecutivo Nacional, para que informen si Rafael Antonio Bielsa fue beneficiado con el pago de alguna indemnización con motivo de su supuesto exilio y permanencia en el exterior por persecución de la dictadura militar. En su caso, monto y fecha. Pido se oficie. 3)De la AFIP-Aduana, y de la Policía Federal Argentina división migraciones, gendarmería nacional. Para que informen si tienen registradas salidas y entradas del país, de Rafael Antonio Bielsa, desde el mes de marzo de 1976 hasta diciembre de 1980, y en su caso destino, condiciones de su salida y regreso. Pido se oficie. 4)De la comisión de ética pública dependiente del Congreso Nacional,y de Cancillería, para que remitan al Juzgado ejemplar del "curriculum vitae actualizado 2001" de Rafael Antonio Bielsa. Subsidiariamente, si alli no existiera pese a ser obligatorio. Se pida de Fiscalía Federal n° 2 de Santa Fe, donde se encuentra archivado un ejemplar de su curriculum. Pido se oficie.

PETITORIO: Por lo expuesto a V.S. solicito:
PRIMERO: Me tenga por presentado, y por ampliada denuncia contra Rafael Antonio Bielsa, con copia parte pertinente de su "curriculum".
SEGUNDO: Para el caso de encontrarse en el archivo la causa principal ya abierta, se requiera su devolución para la continuidad del trámite.
TERCERO: Revistiendo gravedad institucional que afecta a la comunidad toda, los hechos denunciados como de posible comisión que imponen su investigación, se ordene la prueba ofrecida, vista fiscal; con reservas.
CUARTO: Sin perjuicio de presentarme luego como parte querellante al ser particularmente ofendido, se me cite a testimoniar a la ratificación de la denuncia, y aportar mas pruebas.
Proveer de conformidad y será Justicia.
Fdo. Luis María Velázquez, abogado, mat. Cám.Fed.Apelac.Rosario, F° 702, T°87, 1982,
Escrito de denuncia presentado ante el Juzgado Federal n° 1, Secretaría Penal 2ª. De Comodoro Py, Buenos Aires, a cargo de la Dra. Servini de Cubría; el 11 de febrero de 2009, a las 8,59hs. am.


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