lunes, 16 de febrero de 2009

SCIOLI : NADIE TE DISCRIMINÓ


El Estado también sabe discriminar
Organizaciones de personas con limitaciones físicas llegaron hasta la Suprema Corte bonaerense para exigir que se respete una ley provincial que les garantiza el 4% de las vacantes en los organismos públicos.
Desamparados. En la provincia de Buenos Aires el propio Estado incumple la ley que beneficia a los discapacitados.

La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires deberá resolver sobre un recurso extraordinario presentado el último 12 de febrero por la Asociación de Derechos Civiles (ADC) con el objetivo de hacer cumplir la ley provincial 10.592, que obliga a que el 4% de los cargos en las reparticiones públicas bonaerenses sea cubierto por personas discapacitadas. La entidad recurrió al máximo tribunal provincial debido a que una jueza y la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata rechazaron en primera y segunda instancia la acción de amparo presentada por dos discapacitados que se encuentran desocupados y se sienten víctimas de la discriminación estatal. La propia presidenta del INADI, María José Lubertino, admitió a Crítica de la Argentina que “hay prejuicios que hacen que no se contraten personas con algún tipo de discapacidad” y consideró que “hay que cambiar la forma de pensar de quienes planifican el empleo público”.

Los sucesivos rechazos al amparo resultan incomprensibles, porque el incumplimiento de la ley fue reconocido incluso por el Servicio de Colocación Laboral Selectiva (Seclas) del Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires, que manifestó que “todos los organismos provinciales se encuentran lejos del cumplimiento del cupo del 4% para el personal con discapacidad establecido por la ley 10.592”.

En abril de 2007, con el patrocinio de la ADC y de la Unión Discapacitados Ituzaingó Solidario (UDIS), se inició la acción de amparo contra el gobierno bonaerense por el incumplimiento de la ley 10.592. Uno de sus impulsores fue Emiliano Naranjo, de 28 años y profesor de educación física. Este joven tiene dificultades de coordinación motriz en la parte inferior de su cuerpo. A fines del año pasado, la Municipalidad de Ituzaingó convocó a profesionales para las colonias de verano. Emiliano logró una entrevista y al día siguiente, cuando acudió a la reunión, le dijeron que la vacante estaba ocupada. Ahora cree que ese argumento fue un engaño y que la respuesta obedeció en realidad a su condición física. “Cuando me vieron llegar con los bastones se echaron para atrás y me dijeron que el cargo ya no estaba disponible, así que entendí que era necesario buscar una respuesta en la Justicia.”

La ley en cuestión establece en su artículo 8º: “El Estado provincial, sus organismos descentralizados, empresas del Estado, municipalidades, entidades de derecho público no estatales creadas por ley y empresas privadas subsidiadas por el Estado deberán ocupar a personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro (4) por ciento de la totalidad de su personal”.

Sin embargo, el 13 de junio de 2008 la jueza Blanca Lasca, a cargo del Tribunal de Menores N° 3 de La Plata, rechazó el amparo, argumentando que la ley no obliga al Estado provincial a garantizar la inserción laboral, sino sólo a “promover su inserción social, laboral y la toma de conciencia respecto de los deberes de solidaridad sobre discapacitados”. Ante esta decisión, la ADC apeló la sentencia, pero la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata también impugnó el amparo. Finalmente, el caso llegó a la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires, y ahora se espera un pronunciamiento a favor del cumplimiento de la norma.

El abogado Andrés Stewart Usher, consultado por los demandantes, opinó que “el incumplimiento de la ley pasa por una cuestión de comodidad de las instituciones para no tener que adaptar sus oficinas o porque piensan que un discapacitado no tiene ningún tipo de capacidad.

cRITICA

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