martes, 28 de septiembre de 2010
NO ES ABOGADA -NO CONOCE LA CONSTITUCIÓN
JURISDICCIÓN NACIONAL
Por Alfredo A. A. Solari
Profesor de Garantías Constitucionales del Derecho Penal – UBA
La Presidente Cristina Kirchner en su discurso ante la ONU propuso a Irán "un juicio justo" en un "tercer Estado neutral" por el atentado a la AMIA. Como abogada no debería ignorar que la jurisdicción penal argentina es excluyente (art. 116 y 118 CN), privativa (art.12 L.48), indelegable é improrrogable (art.1 L.24.050 y arts. 18 y 33 cód. procesal penal de la Nación). Como Presidente no tiene facultades para abdicar de la jurisdicción nacional. Tampoco las tiene el Ministerio Público, cuyo primer deber es " promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad" (art. 120 CN). Como señalara el Dr. Zaffaroni en Fallos 328-2056: “La dignidad de la República en la comunidad internacional exige que ésta reafirme plenamente su voluntad de ejercer su jurisdicción y, por ende, su soberanía, y que de este modo restaure a la República en su condición de Estado pleno y completo y ponga a salvo a todos sus habitantes del riesgo de ser sometido a cualquier competencia con motivo o pretexto de crímenes contra la humanidad.”
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